La Ley de Protección de Datos

Toda la información que necesitas saber acerca de la Ley de Protección de Datos
La ley de protección de datos

La protección de nuestros datos personales se regula en la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999, de cuyo cumplimiento se ocupa la Agencia Española de Protección de Datos. En ella se regula cuál es el tratamiento que debe llevarse a cabo a la hora de recoger y ceder datos personales. El objetivo de esta ley es la proteger y grantizar las libertades públicas y los derechos fundamentales que la persona tiene reconocidos.

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Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal

1. ¿Qué es la protección de datos?

La Protección de Datos en España es un derecho fundamental, lo que significa que como tal está reconocido en la Constitución Española y merece especial protección en las leyes. Es un derecho con el contamos todas las personas, y que nos da la facultad para poder controlar en cualquier momento el uso que se haga de nuestros datos personales, para evitar que se traten de manera que se pueda obtener información sobre nosotros mismos que nos perjudique nuestra intimidad y otros derechos fundamentales y libertades públicas.

2. ¿Cómo se reconoce en la Constitución?

La Constitución Española no determina directamente el derecho a la protección de datos, pero sí se deduce de dos artículos relativos a la dignidad de la persona y la limitación del uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad de la persona y la familia.

3. ¿Cómo se regula en España?

En España, la protección de datos se regula a través de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. Entró en vigor el 14 de enero del 2000 y derogó la antigua ley de protección de datos que regulaba el tratamiento automatizado de datos de carácter personal, conocida como la Lortad. La actual Ley Orgánica se ha adaptado a los requisitos que exigía la Unión Europea a través de la Directiva 95/46/CE.

Además el Real Decreto 1720/2007 es un reglamento que complementa y desarrolla el contenido de la ley orgánica.

4. ¿Qué datos protege?

La Ley protege aquellos datos personales que se registren en un soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, además de todo tipo de uso que pueda darse posteriormente con respecto a ellos,  tanto en el sector público como en el privado.

Los datos de carácter personal son aquellos que identifican a una persona o pueden identificarla tales como:

  • Nombre y apellidos.
  • Documento Nacional de Identidad.
  • Dirección.
  • Huellas dactilares.
  • Imagen.
  • Voz.
  • etc.

Además, hay que tener en cuenta que la ley 15/1999 protege nuestros datos únicamente en los siguientes supuestos:

  1. Cuando el tratamiento que se esté haciendo de nuestros datos tenga lugar en territorio español y forme parte de actividades de un establecimiento.
  2. En caso de que la persona responsable de tratar los datos no esté establecida en España, habrá que ver si pueden aplicarse las leyes españolas en función de las normas de derecho internacional.
  3. También será de aplicación esta ley cuando el responsable del tratamiento de los datos esté establecido fuera de la Unión Europea pero sí utilice medios que se encuentren situados en territorio español, con la excepción de si son utilizados con fines de tránsito.

5. Datos y ficheros excluídos

Existen algunos datos, que aunque tienen que ver con una persona determinada, quedan excluídos y por tanto no quedan protegidos en el ámbito de esta ley:

A. Personas jurídicas y personas de contacto

La ley no será de aplicación en aquellos supuestos en los que se traten datos que tengan que ver con personas jurídicas. Además tampoco se protegen los ficheros que tengan el objetivo de incorporar los datos de los trabajadores de una empresa. Aún así, hay que tener en cuenta que en relación a estos datos, únicamente podrán constar en el fichero los siguientes:

  • Nombre y apellidos
  • Función de puesto que desempeña en la empresa
  • Dirección postal y/o electrónica
  • Teléfono y fax profesional

B. Empresarios individuales

También estarán excluídos los datos de empresarios individuales cuando hagan referencia a ellos en calidad de comerciantes, industriales o navieros.

C. Personas fallecidas

La ley no podrá aplicarse con datos que se refieran a personas que se encuentren fallecidas. Aún así, las personas que tuvieran vinculación con el fallecido podrán solicitar la cancelación de los mismos en los casos en los que dé lugar.

Además de los datos que quedan excluídos, existen determinados ficheros a los que tampoco les será de aplicación la ley 15/1999: 

  1. Ficheros cuyos responsbles sean personas físicas y que estén relacionados con actividades personales o domésticas, es decir, que tienen lugar en su vida privada o familiar.
  2. Aquellos ficheros que están sometidos a determinada normativa sobre protección de materias clasificadas.
  3. Los ficheros que tienen lugar para la investigación del terrorismo y la delincuencia organizada. En este caso, la persona responsable deberá comunicar a la Agencia Española de Protección de Datos su existencia, la finalidad del mismo, así como sus características.

6. Derechos

La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal establece una relación de derechos con los que cuenta cualquier ciudadano con respecto al tratamiento de sus datos personales:

Derecho de Información

En el momento en que vayan a recogerse datos personales de una persona, deberá ser informada de forma clara e inequívoca de que existe un fichero y que podrá ejercer sus derechos.

Derecho de acceso

El ciudadano podrá conocer siempre y de forma gratuita información acerca de los datos que están o han sido tratados.

Derecho de rectificación

El derecho de rectificación permitirá al ciudadano a corregir posibles errores en relación a sus datos, así como a modificar aquellos que puedan están incompletos, de tal forma que quede garantizada la veracidad de los mismos.

Derecho de cancelación

El interesado podrá solicitar que se supriman los datos que puedan tener consideración de inadecuados o resulten excesivos.

Derecho de oposición

Permite a la persona afectada a opornerse al tratamiento de sus datos o que cesen los que los estén tratando.

Derecho de indemnización

Cuando se actúe en contra de lo que dispone la Ley de Protección de Datos, podrá interponerse una reclamación en la Agencia de Protección de Datos. Cuando se niegue a alguien el derecho de oposición, acceso, rectificación o cancelación, se podrá reclamar tanto en la Agencia de Protección de Datos como en el organismo que corresponda de cada Comunidad Autónoma

Además, cuando el responsable del tratamiento de datos incumpla la Ley de Protección de datos, el perjudicado tendrá derecho a recibir una indemnización por los daños o lesiones que se le haya producido

7. La Agencia Española de Protección de Datos (AGPD)

La Agencia Española de Protección de Datos es la autoridad estatal de control independiente que se encarga de hacer cumplir la legislación relativa a la protección de datos en España, y ante la cual los ciudadanos pueden formular sus quejas cuando vean afectado su derecho a la protección de datos.

La Agencia se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Justicia.

De entre sus funciones destacan como las mas importantes:

  • La atención de de peticiones y reclamaciones de los afectados.
  • La difusión de campañas a través de los medios de comunicación.
  • Velar por el cumplimiento de la normativa vigente.
  • La autorización de transferencias internacionales de datos.
  • Dar instrucciones acerca de como adecuar los tratamientos de datos a las leyes.
  • Cooperar con organismos internacionales.
  • Elaboración de una memoria anual.

Datos de contacto

Teléfono: 901100099 / 912663517

Dirección postal: Calle Jorge Juan, 6 (28001) Madrid

Sede Electrónica de la AGDP

El horario de apertura es de lunes a viernes de 9 a 17.30 y sábados de 10 a 13.

8. Cómo poner una denuncia en la Agencia Española de Protección de Datos

Si una persona tiene pruebas o suficientes indicios para demostrar que se ha vulnerado la Ley Orgánica de Protección de Datos y considera además que puede ser objeto de una infracción administrativa deberá ponerlo en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos.

Para ello, deberá presentar una denuncia, que se efectuará por escrito, y que deberá contener los siguientes elementos:

Nombre y apellidos del interesado
Lugar o forma para recibir notificaciones
Hechos que dan lugar a la denuncia, y razones por las que la persona quiere interponerla
La petición que se hace al respecto
Lugar y fecha de la denuncia
Firma de quien la presenta o acreditación por cualquier otro medio de que la voluntad que expresa es auténtica
A qué órgano, centro o unidad administrativa dirige la denuncia
Quiénes son los presuntos culpables
Documentos u otras pruebas o indicios para apoyar los hechos denunciados

 

En la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos podemos gestionarla bien de forma electrónica si contamos con certificado digital o mandando el impreso debidamente cumplimentado a la dirección postal Calle Jorge Juan, 6 (28001) de Madrid.

9. ¿Cuántas reclamaciones anuales recibe?

En 2014, la Agencia Española de Protección de Datos recibió más de 12.173 reclamaciones de ciudadanos, un 15% más que en 2013, cuando se recibieron 10.604 reclamaciones, según informa en su Memoria 14, hecha pública el 30 de junio de 2015. 1.074 fueron denuncias, y 2.099 reclamaciones.

Durante los últimos 4 años las reclamaciones formuladas ante la Agencia Española de Protección de Datos no han dejado de crecer, llegando a incrementarse en un 81,6%.

10. Hechos más reclamados

Los hechos más reclamados son la vídeovigilancia, la contratación fraudulenta, la inclusión en listas de morosos y cuestiones relativas al recobro de deudas.

11. ¿Quiénes son los más sancionados?

Los sectores más sancionados en este tiempo por la Agencia Española de Protección de Datos han sido las telecomunicaciones (representan un 63,23%), seguidas de las entidades financieras y las empresas dedicadas al suministro y comercialización de agua y energía.