La ITV

Toda la información que necesitas saber acerca de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
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Los vehículos matriculados o que estén en circulación en España tienen la obligación de ser revisados cada cierto período de tiempo, con la finalidad de comprobar que pueden circular sin poner en riesgo la seguridad vial ni la protección del medio ambiente. Ésta es la finalidad de la ITV, y en este artículo vamos a explicar algunos aspectos esenciales de esta inspección.

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Manual de procedimiento de inspección de las estaciones ITV. Ministerio de Indústria, Energía y Turismo

1. En qué consiste la ITV

Todos los vehículos que estén matriculados o que estén en circulación, tienen que pasar la correspondiente inspección técnica, conocida comunmente con las siglas ITV. Debe realizarse en una estación de Inspección Técnica de Vehículos autorizada, en los casos y con la regularidad que se establezca por ley.

Pasar la ITV es llevar a cabo un mantenimiento de forma preventiva por parte de un ente que tenga capacidad para certificarlo, en el que se revisen aspectos como las emisiones contaminantes y si cumple el vehículo con las normas de seguridad establecidas.

La inspección técnica de vehículos comienza identificando el vehículo que va a pasar la revisión, para, a continuación, pasar a comprobar las condiciones que tengan relación con la seguridad vial, protección del medio ambiente, inscripciones reglamentarias, reformas y, cuando proceda, la vigencia de los certificados para transportar mercancías peligrosas y perecederas.

2. Cada cuánto tiempo hay que pasar la ITV

La frecuencia con la que el vehículo debe someterse a  la ITV,  dependerá del tipo del que se trate. Veámoslo:

A. Motocicletas

  • Hasta los 5 años no tienen que pasar la ITV.
  • A partir de los 5 años, cada 2 años.

B.  Turismos

Para los vehículos de uso privado dedicados a transportar personas, excepto las motocicletas y ciclomotores de hasta 9 plazas, incluida la del conductor los plazos serán los siguientes:

  • Hasta los 4 años no tienen que pasar la ITV.
  • Desde los 4 hasta los 10 años, cada 2 años.
  • A partir de los 10 años, anualmente.

C. Ambulancias y vehículos de servicio públicos

Las ambulacias y vehículos de servicio públicos dedicados a transportar personas, incluyendo el transporte escolar, con o sin aparato taxímetro, de hasta 9 plazas, incluida la del conductor:

  • Hasta los 5 años no tienen que pasar la ITV.
  • A partir de los 5 años, tienen que pasarla anualmente.

D. Vehículos de servicio de alquiler con o sin conductor

Los vehículos de servicio de alquiler con o sin conductor, además de los destinados a  escuela de conductores, que se dediquen a transportar personas, con un máximo de 9 plazas, incluyendo la del conductor deberán cumplir con los siguientes plazos:

  • Hasta los 2 años no tienen que pasar la ITV.
  • De 2 a 5 años, anualmente.
  • A partir de los 5 años, cada 6 meses.

E. Vehículos a partir de 10 plazas

Los vehículos dedicados a transportar personas, incluyendo el transporte escolar y de menores,  a partir de 10 plazas, incluyendo el conductor se regirán por los plazos siguientes:

  • Hasta los 5 años, tienen que pasar la ITV anualmente.
  • A partir de los 5 años, cada 6 meses.

F. Vehículos transporte de mercancías 3.500kg

Los vehículos y conjuntos de vehículos dedicados a transportar mercancías o cosas, que tengan un peso máximo autorizado de 3,5 Tm o menos:

  • Hasta los 2 años, no tienen que pasar la ITV.
  • De 2 a 6 años, cada 2 años.
  • De 6 a 10 años, anualmente.
  • A partir de los 10 años, cada 6 meses.

G. Vehículos trasnporte mercancías más de 3.500kg

Aquellos vehículos que se dediquen a transportar mercancías o cosas, con un peso máximo autorizado de 3,5 Tm o más, y cabezas tractoras independientes:

  • Hasta los 10 años, tienen que pasar la ITV anualmente.
  • A partir de 10 años, cada 6 meses.

H. Caravanas remolcadas

Las caravanas remolcadas, con un peso máximo autorizado de 750 kgs. o más:

  • Hasta los 6 años, no tienen que pasar la ITV.
  • A partir de los 6 años, cada 2 años.

I. Tractores agrícolas

Los tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada, remolques agrícolas y otros tipos de vehículos agrícolas especiales, excluidos los motocultores y las máquinas equiparadas:

  • Hasta los 8 años, no tienen que pasar la ITV.
  • Desde los 8 hasta los 16 años, cada dos años.
  • A partir de los 16 años, anualmente.

J. Vehículos especiales

Aquellos vehículos que se dediquen a obras y servicios, y maquinaria autopropulsada, excepto los que su velocidad por construcción sea inferior a 25 kilómetros por hora:

  • Hasta los 4 años no tienen que pasar la ITV.
  • Desde los 4 hasta los 10 años, cada 2 años.
  • A partir de los 10 años, anualmente.

K. Estaciones transformadoras móviles

Las estaciones transformadoras móviles, así como los vehículos adaptados para la maquinaria de los circos, o de las ferias recreativas ambulantes:

  • Hasta los 4 años no tienen que pasar la ITV.
  • De 4 a 6 años, cada 2 años.
  • A partir de los 6 años, anualmente.

3. Cómo se realiza la ITV

Para comprobar y revisar los vehículos correctamente, se llevan a cabo dos métodos o fases:

A. Inspección visual

La realiza el inspector directamente sobre nuestro vehículo sin necesidad de emplear maquinaria, a través de la observación de los diferentes elementos del vehículo, observando ruidos, vibraciones, etc.

B. Inspección mecanizada

Hay elementos del vehículo que tienen que ser revisados utilizando equipos con los que debe contar la estación de ITV como por ejemplo para evaluar y cuantificar las emisiones de CO2 y realizar el control ambiental.

4. Qué defectos puede presentar el vehículo en la ITV

Los defectos que puede presentar el vehículo durante la revisión en la ITV se clasifican en 3 categorías:

A. Defectos leves

No afectan a la seguridad del vehículo ni la protección del medio ambiente, y por ello el vehículo puede circular temporalmente. Se deben reparar pronto, pero no hay que volver a pasar la ITV después por un defecto leve.

B. Defectos graves

Los defectos graves afectan a la seguridad del vehículo, disminuyéndola, en tanto que ponen en riesgo a otros usuarios de la vía pública, o la protección del medio ambiente.

El vehículo sólo podrá circular para llevarlo al taller o para volverlo a llevar a la ITV, ya que tendrá que volver a revisarse puesto que la inspección se calificará como desfavorable por existir un defecto grave en el vehículo.

C. Defectos muy graves

Estos defectos suponen un mayor riesgo para la seguridad vial, y la inspección se calificará como negativa. El vehículo tiene que llevarse a su destino a través de medios ajenos, bajo ningún concepto puede circular por sí mismo. Una vez que se arregle el defecto, tenemos un plazo de 2 meses para que vuelva a pasar la ITV.

5. Documentación necesaria

Una vez acudamos a la revisión ITV, debemos tener en cuenta que será necesario presentar una serie de documentos relacionados con el vehículo, puesto que de lo contrario, no podrá realizarse la inspección. La documentación necesaria para que nuestro vehículo pueda revisarse es la siguiente:

  1. Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo
  2. Permiso de Circulación.
  3. Informe Inspección Técnica. Este documento debe presentarse siempre que no sea la primera vez que el vehículo se somente a Inspección Técnica.
  4. Recibo en vigor del seguro obligatorio.

Es importante destacar que toda la documentación debe ser original, no sirven las copias.

6. Cómo pedir una cita previa ITV

La manera más cómoda de solicitar una cita previa ITV es solicitarla via online, de tal forma que vamos a mostrar a continuación algunos de los portales oficiales de las diferentes comunidades autónomas para poder realizar el trámite correctamente, así como conocer las estaciones de servicio que están autorizadas  para la Inspección Técnica de vehículos:

Andalucía Extremadura Cataluña
Madrid Galicia Asturias
Baleares – Mallorca Baleares – Menorca Baleares – Ibiza
Castilla y León Castilla la Mancha Comunitat Valenciana
Islas Canarias La Rioja País Vasco
Aragón

 

Más información

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V.